Cuando se habla de despido, no solo hablamos de la finalización de una relación laboral: hablamos de un momento complejo, cargado de dudas legales, emociones y decisiones que deben tomarse con rapidez. Para arrojar luz sobre un proceso que genera tantas preguntas, conversamos con Itahisa Domínguez Suárez, abogada laboralista en Las Palmas de Gran Canaria, que nos ofrece una visión clara y práctica sobre cómo actuar, cuáles son los plazos y qué derechos tienes como trabajador o trabajadora.
A continuación encontrarás una guía completa con la información esencial sobre despido improcedente, indemnización por despido y el procedimiento de conciliación laboral, adaptada a la realidad del mercado laboral canario, donde sectores como la hostelería y el turismo concentran buena parte de los conflictos laborales. Si necesitas asesoramiento personalizado, puedes consultar directamente con su despacho desde aquí: abogado laboralista Las Palmas.
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ToggleEntender qué es un despido: no todos son iguales
Antes de hablar de plazos, indemnizaciones o reclamaciones, es fundamental distinguir entre los distintos tipos de despido reconocidos por la legislación laboral española. Cada uno tiene implicaciones diferentes tanto para la persona trabajadora como para la empresa.
Despido disciplinario
Se produce cuando la empresa considera que el trabajador ha cometido una falta grave y culpable (por ejemplo, ausencias injustificadas, desobediencia, ofensas verbales o físicas, etc.).
- No conlleva indemnización.
- El trabajador puede impugnarlo si considera que no está justificado.
Despido objetivo
Responde a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien a ineptitud o falta de adaptación del trabajador al puesto.
- Requiere un preaviso de 15 días.
- La empresa debe abonar una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
Despido colectivo (ERE)
Se da cuando la empresa extingue un número significativo de contratos en un periodo determinado.
- Se sigue un procedimiento formal con negociación sindical.
- Las indemnizaciones suelen negociarse, aunque el mínimo legal es de 20 días por año trabajado.
Despido improcedente
El más habitual en los tribunales laborales. Se declara así cuando no existe causa justificada o no se han cumplido los requisitos formales exigidos por ley.
- La empresa puede optar entre readmitir al trabajador o abonarle una indemnización de 33 días por año trabajado (máximo de 24 mensualidades) si el contrato es posterior a 2012.
- Para contratos anteriores, se aplica una parte a 45 días y otra a 33 días.
El plazo clave: 20 días hábiles
Uno de los errores más comunes que observa Itahisa Domínguez en su práctica profesional es que muchos trabajadores desconocen el plazo legal para impugnar un despido. Este plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es decir, no cuentan sábados, domingos ni festivos.
Si se deja pasar este plazo, el derecho a reclamar se pierde. Por eso, actuar con rapidez es fundamental.
Recuadro: Plazos legales
| Acción | Plazo |
|---|---|
| Impugnar el despido | 20 días hábiles desde la fecha de efectos |
| Presentar papeleta de conciliación | Dentro de esos 20 días |
| Celebración del acto de conciliación | Generalmente en las 2-4 semanas siguientes |
La papeleta de conciliación: paso previo obligatorio
Antes de acudir al juzgado de lo social, la ley obliga a presentar una papeleta de conciliación. En Canarias, este trámite se realiza ante el SEMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación).
El objetivo es intentar un acuerdo entre empresa y trabajador sin necesidad de juicio. En esta fase, es habitual que se negocie una indemnización o incluso la readmisión, evitando así un procedimiento judicial largo y costoso.
Itahisa Domínguez recomienda no presentar esta papeleta sin asesoramiento profesional, ya que lo que se expone en ella puede condicionar el proceso posterior. Además, contar con un abogado laboralista desde el inicio permite preparar mejor la estrategia de defensa y negociación.
Cómo se calcula la indemnización por despido
Calcular la indemnización por despido es uno de los aspectos que más dudas genera. Aunque existen calculadoras online orientativas, lo más recomendable es realizar un cálculo personalizado con la documentación laboral (contrato, nóminas, finiquito y carta de despido).
A modo orientativo, estos son los criterios básicos:
- Despido objetivo: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- Despido improcedente: 33 días por año trabajado (máximo 24 mensualidades). Si el contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, se calculan 45 días por año hasta esa fecha y 33 días por año a partir de ella.
Ejemplo:
Un trabajador con un salario bruto mensual de 1.500 € y 6 años de antigüedad, cuyo despido se declara improcedente, recibiría aproximadamente:
33 días × 6 años × (1.500 / 30) ≈ 9.900 €
Este cálculo es solo orientativo. Factores como pagas extra, variables o la existencia de reducción de jornada pueden modificar el resultado.
Errores comunes en reclamaciones por despido
En la práctica profesional, muchos trabajadores cometen errores que complican su defensa o reducen sus posibilidades de éxito. Entre los más frecuentes:
- No guardar la carta de despido: es la prueba principal del motivo alegado por la empresa.
- Firmar documentos sin leerlos: el finiquito o una renuncia firmada pueden implicar la pérdida de derechos.
- No presentar la papeleta de conciliación a tiempo: recuerda el plazo de 20 días hábiles.
- No consultar con un profesional: pequeñas decisiones en los primeros días pueden tener un gran impacto en el resultado final.
Hostelería y turismo: la casuística más frecuente en Canarias
En regiones con un mercado laboral marcado por la estacionalidad, como Canarias, sectores como la hostelería y el turismo concentran buena parte de los litigios laborales. La abogada Itahisa Domínguez explica que muchos despidos se producen en el marco de contratos temporales o por circunstancias del mercado, pero no siempre están bien fundamentados.
Algunos ejemplos habituales:
- Extinciones de contrato por finalización de temporada sin causa real.
- Reducciones de plantilla alegando causas económicas que no se acreditan.
- Despidos disciplinarios que en realidad encubren decisiones organizativas.
En estos casos, es frecuente que los tribunales declaren la improcedencia del despido, lo que abre la puerta a una indemnización superior o incluso a la readmisión.
Qué hacer si has sido despedido: pasos recomendados
- Solicita la carta de despido por escrito y revisa la causa alegada.
- No firmes documentos sin asesoramiento. Si te obligan a firmar el finiquito, puedes añadir «no conforme».
- Recopila toda la documentación laboral: contrato, nóminas, comunicaciones, etc.
- Contacta con un abogado laboralista lo antes posible.
- Presenta la papeleta de conciliación ante el SEMAC dentro del plazo.
- Valora la negociación. En muchos casos se alcanza un acuerdo extrajudicial.
- Si no hay acuerdo, presenta demanda judicial ante el Juzgado de lo Social.
Conclusión: actuar a tiempo marca la diferencia
El despido es una situación difícil, pero conocer tus derechos y actuar con rapidez puede marcar la diferencia entre perderlos o defenderlos eficazmente. En Canarias, donde el mercado laboral presenta particularidades ligadas a la estacionalidad y la temporalidad, contar con el acompañamiento de un profesional especializado es aún más importante.
La abogada Itahisa Domínguez Suárez subraya que el trabajador no debe resignarse ni actuar por impulso: «Cada despido tiene su contexto, y muchas veces lo que la empresa plantea como legal no lo es. El asesoramiento desde el primer momento permite proteger derechos fundamentales y alcanzar la mejor solución posible».





